viernes, 20 de abril de 2012

Derechos reales

Las obligaciones decimos que son diferentes según la cosa que se trate, los romanos las clasifican en:  
Son una categoría de derechos patrimoniales que se ejercían directa o indirectamente sobre las cosas, estos derechos tienen 2 sujetos, un sujeto activo  que es el titular de derecho, y un sujeto pasivo que es la sociedad.
Dentro de todos los derechos reales el más absoluto y perfecto es el derecho de dominio. 
El Dominio puede ser definido como la potestad actual o potencialmente plena, que se ejerce sobre las cosas corporales.

Modos de adquirir el dominio --> Son hechos o actos jurídicos que tienen la virtud de hacer nacer el dominio o propiedad; aqui se hace una diferenciación entre los Modos de Adquirir el derecho de Manera Civil romano modos de Adquirir el derecho según el derecho de Gentes.


En cuanto a

- COSAS DIVINAS

a. Sagradas: Consagradas al culto Divino (Iglesias, casas)
b. Religiosas: Destinadas a los Dioses manes (terrenos donde se enterraban a lo muertos  
c. Santas: Como los muros y las puertas de las ciudades. - COSAS HUMANAS
a. Cosas Comunes: No pertenecen a nadie como: el aire, el agua, el mar. b. Cosas Universales: Integran el patrimonio de una comunidad y pueden usarlos miembros como: teatros, foros, plazas c. Cosas Publicas: Comunes al pueblo romano, esto es, a la comunidad organiza ejemplo: ríos, puertos, vías publicas.

 d. Cosas Privadas: Son aquellas cosas que eran susceptibles y objeto de comercialización. de particulares. A su vez las cosas humanas se clasifican en: 1)   Cosas corporales: Son aquellas que ocupan un lugar en el espacios. 2)   Cosas incorporales: Son aquellas que no ocupan un lugar en el espacio como los derechos y los créditos.
  - Los atributos del dominio
Tipos de propiedad existente
- Dominio pretorio y acción publiciana
- Co propiedad
Posesión
Servidumbre
Derechos reales de garantía
- Otro tipo de derechos




jueves, 12 de abril de 2012

Fuentes de las obligaciones


definición--> es un vínculo intersubjetivo de carácter jurídico en virtud del cual una persona denominada deudor obliga a otra llamada acreedor. 


elementos-->  vínculo jurídico, relación intersubjetiva, prestación debida (dar, hacer o no hacer).


Antecedentes generales
fuente--> de donde proviene la obligación.  (contrato, cuacicontrato, delito, cuacidelito y ley) 


evolución-->  en primer lugar, existían en contrato y el delito. 
Ex vais causarum figuris--> no provienen ni del contrato ni del delito, eran llamados cuacicontratos y cuacidelitos. Son posteriores al periodo clásico. 


DENTRO DE LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIÓNES HAY QUE DISTINGUIR 5 GRUPOS ESCENCIALES:


  1. Contratos
  2. Cuacicontratos
  3. Delitos
  4. Cuacidelitos
  5. La ley